Piden al TSJ pronunciarse sobre artículos que vulneran derechos de reclusos
TOMADO WEB ABN / Caracas, 17 Abr. ABN (Jorge Medina Lugo)
La Defensoría del Pueblo solicitó un pronunciamiento urgente al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre el recurso de interpretación relacionado con la colisión presentada entre el Código Penal y el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), específicamente en las materias que comprenden el parágrafo único de algunos artículos, el cual de alguna forma vulnera el derecho de los internos a ser juzgados en libertad y a obtener beneficios procesales.
La exhortación la hizo la directora de Servicios Jurídicos de esa institución, Mónica Rodríguez.
Sostuvo que la decisión del máximo tribunal de la República es trascendental, pues contribuiría a reforzar la institucionalidad y "nunca más grupos externos podrán manipular a los reclusos, porque recobrarán la confianza necesaria en sus instituciones: Tribunal Supremo de Justicia, Ministerio Público, Defensa Pública Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y Defensoría del Pueblo".
"Lo ideal sería que en el ejercicio de la tutela judicial efectiva el TSJ se pronuncie en la forma que ellos consideren, bien sea dando la razón o quitándola, pero es fundamental que tengamos un órgano de justicia que ofrezca respuestas al colectivo", expresó.
Recientemente, la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales, manifestó "que por ahora no está planteado que los recursos de nulidad que existen en contra del Código Penal y del COPP sean decididos".
No obstante, mencionó que "debemos tener en consideración y no pasar por alto que este código es objeto de unas consideraciones por parte del Poder Legislativo y sería imprudente pronunciarse antes de conocer cuáles son los cambios o las reformas del legislativo".
Pese a esa opinión, Rodríguez insistió en que sería muy interesante que la Sala de Casación Penal resuelva no sólo el conflicto de interpretación de los parágrafos únicos de los artículos 374, 375, 406, 407, 456, 457, 458 y 460 del Código Penal, en relación con el Libro Quinto del Código Orgánico Procesal Penal, sino también el cómo se aplicará la norma.
"Lo correcto es que la Sala de Casación Penal del TSJ se pronuncie y si, posteriormente, la Asamblea Nacional considera que debe tomar una acción, bienvenido sea", manifestó.
Dijo que ese recurso de interpretación nace como una dinámica de la Defensoría del Pueblo en una interacción directa con los procesados de La Planta, en Caracas, lo que llevó a la Defensa Pública a introducir una solicitud ante la Sala Constitucional del TSJ, aunque los internos tenían muchas dudas, porque esa instancia jurídica conoce varios recursos desde el año 2005.
Manifestó que siguen en el acompañamiento de la causa para evitar que los reclusos se autolesionen, pero insistió en que levanten la huelga de hambre, la cual sólo persiste actualmente en los centros penitenciarios de La Planta, Tocorón y Vista Hermosa.
La funcionaria admitió desconocer el número de reclusos afectados por la no aplicación de las medidas de libertad, porque hay un grupo numeroso en estado de proceso, a la espera de la audiencia preliminar, otro grupo a la espera de juicio y otro en fase de cumplimiento de condena.
Fuente:
http://www.defensoria.gob.ve/detalle.asp?sec=20&id=946&plantilla=1
Defensoria del Pueblo, 18-4-08
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