

|
|
Asamblea Nacional sancionó reforma a la Ley del COPP
La Asamblea Nacional (AN) sancionó, en la sesión de este jueves, doce artículos puntuales de la reforma parcial del Código Orgánico Procesal (COPP).
Los artículos reformados por la Comisión de Política Interior, fueron consultados con el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Defensoría Pública, Ministerio del Poder Popular para Interior y Justicia, y la Dirección de Investigación de Asesoría Jurídica de la Asamblea Naciona.
La diputada Iris Varela, vicepresidenta de la Comisión Permanente de Política Interior de la AN, hizo uso de la palabra en cada uno de los artículos del COPP, para defender el informe elaborado por ese ente parlamentario.
El artículo 183 expresa que cuando la parte a notificar se niegue a firmar, el alguacil lo hará constar en la misma boleta y en caso de no encontrarse dejará la citación en el lugar específico.
Explicó que se entiende por notificada a la parte desde la fecha de consignación de copia de la boleta en el respectivo expediente, de lo cual se deberá dejar constancia por Secretaría el mismo día de practicada la diligencia.
Acerca de la citación personal establecida en el artículo 184 de la Ley, la legisladora señaló que se establece que la citación personal se hará mediante boleta con orden de comparecencia expedida por el tribunal de la causa, entregada por el alguacil o órganos de investigación a la persona o personas involucradas.
En torno a la citación de la víctima, expertos, intérprete y testigo, como lo establece el artículo 185, el tribunal deberá librar la boleta de citación a las víctimas, el mismo día que se requiera la comparecencia del citado.
Comentó que en caso de urgencia podrán ser citados verbalmente, por teléfono, correo electrónico, fax, telegrama o cualquier otro medio de comunicación interpersonal, lo cual se hará constar.
Con relación a la excepción a la citación personal, señala que la misma se hará por boleta, cuando no se encuentre la persona a quien va dirigida, se entregará en su domicilio o el lugar donde trabaja.
La reforma se refiere también a militares y funcionarios policiales, los cuales deberán ser citados por conducto de sus superior jerárquico, quien garantizará que con prontitud se efectúe y enviará la constancia al tribunal.
(Fuente:
http://www.unionradio.net/Noticias/Noticia.aspx?NoticiaId=247462
Union Radio
10-7-08
< Volver a índice de artículos de prensa <
|