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RELACION DE HECHOS DE AGRESIÓN, DECOMISOS Y
FUGAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS. 3er trimestre, año 2005
Población Reclusa Nacional: 18.864

Relación de hechos de agresión de los establecimientos penales a nivel nacional

Relación de hechos de agresión

Hechos violentos de enero a septiembre de 2005

Decomisos, fugas y otros

Recomendaciones al Estado
El llamado es al Ministro de Interior y Justicia, en víspera del 24 de septiembre Día de las Mercedes Patrona de los Cautivos, debe reflexionar y fortalecer un programa que salvaguarde la vida de los internos con la atención de un programa de Ingreso, Permanencia y Libertad, no se puede aprender penitenciarismo con la vida de los internos, se debe trabajar cárceles sabiendo de esta materia y lo que pasa es que se quiere ocultar el sol con un dedo, la verdad la vemos a diario y recomendamos cumplir con los 8 pilares penitenciarios para la transformación carcelaria del país: 1.- Los establecimientos penitenciarios deben regirse por una administración descentralizada a cargo de los gobiernos regionales o municipales; 2.- Clasificación y Agrupación de la población reclusa; 3.- Los internos deben 3- Trabajar, 4.- Estudiar, hacer 5.- Deporte y 6.- Cultura; 7.- Condiciones dignas y saludables y 8.- Que las cárceles funcionen bajo la dirección de penitenciaristas profesionales con credenciales académicas universitarias. También se debe elaborar una Cartilla del Interno, que contenga sus deberes y sus derechos.
Esa es una propuesta que hemos formulado ante los diferentes despachos sobre la instalación de las Mesas Regionales Inter. Institucionales, así como la creación de la figura del Ombudsman Penitenciario; volvemos a recomendar la Descentralización de los establecimientos Penitenciarios
El Observatorio Venezolano de Prisiones, hace un llamado para que esta problemática no se politice, aquí hay muchas lagrimas, mucho dolor, mucha sangre.El articulo 43 de nuestra Constitución, es letra muerta, ya que establece “El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra y recordarle, no se puede hablar de derechos humanos en cloacas de todas las equivocaciones del aparato de Justicia, la prisión, cuando es colectiva corrompe; si es celular enloquece y deteriora; con régimen de silencio disocia y embrutece, con trabajos forzados aniquila físicamente; y sin trabajo destroza moralmente? ¿Cómo hablar de derechos humanos en catedrales del miedo, descritas magistralmente por Antonio Sánchez Galindo, en “Narraciones Amuralladas”.
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